Certifican no cumplir con los requisitos y el TAD no los excluye del censo
Si ayer presentábamos los listados de la Federación de Madrid de Voleibol, hoy queremos ir más allá con nuevas pruebas. Ahora Vóley presentó el pasado 29 de septiembre una ampliación de alegaciones y pruebas del expediente TAD nº 276/2020. En esta ampliación, entre otros, se solicitaba ‘se revise exhaustivamente el cumplimiento de los requisitos de las 854 personas (878, menos las 24 excluidas) mantenidas en el censo provisional y se excluya a todas aquellas que no conste expresa y claramente el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 16 del Reglamento Electoral de la RFEVB’.
Pues bien, en esta ampliación se presentaron escritos de diferentes personas que, certificadas por la Federación Madrileña como cumplidores de los requisitos para formar parte del censo, manifiestan no cumplir los requisitos para estar en él y el TAD no los ha excluido. En este sentido hay 5 escritos, cuatro de ellos de personas físicas y uno de persona jurídica, que afirman no cumplir con los requisitos por diferentes circunstancias. Y también personas que acreditan que la Federación Madrileña ha realizado solicitudes en su nombre y sin su consentimiento.
En alguna de las misivas podemos leer ‘Mi sorpresa ha sido recibir la información de que yo era una de las personas incluidas en el censo y una de las personas que la Federación Madrileña certifica que cumplo los requisitos. No es posible porque yo no he participado en la primera división madrileña (lo que equivale a segunda división nacional) como entrenador’ o también ‘es muy grave que la federación madrileña haya pedido sin mi permiso estar en el censo y después haya certificado que cumplo los requisitos’.
En otro escrito leemos ‘parece ser que la federación madrileña, sin mi consentimiento y sin mi autorización presentó una impugnación en la que me incluía como si yo quisiera formar parte del censo de entrenadores’ y añade ‘la RFEVB, sin realizar ninguna comprobación más ni ponerse en contacto conmigo, me incluyó también en el censo de entrenadores’. Esta persona escribe que pone esto en conocimiento para que se tomen las medidas oportunas para evitar otros posibles casos y que ‘se certifique que se cumplen ciertos requisitos’,
También existe una carta de un club que certifica, después de saber que se han incluido entrenadores de su entidad en el censo electoral, que su club ‘no participó en primera división madrileña durante la temporada 2018/2019 ni la 2019/2020’.
Estas son algunas de las pruebas que Ahora Vóley ha presentado para impugnar el censo electoral y demostrar las presuntas irregularidades. Pero, aunque el TAD hace referencia a estas pruebas, las considera extemporáneas al recurso por lo que resuelve no excluir del censo electoral a estas personas que piden ‘se adopte la decisión oportuna’. En este caso ha sido ninguna.
Por todo esto nos preguntamos: ¿Cómo puede recurrir una persona en tiempo y forma si no sabe que la han incluido en un censo en el que no debe constar? ¿Qué utilidad tiene incluir a gente en el censo sin comunicárselo? ¿Cuál era voluntad de la Federación Madrileña? ¿Votarán estas personas? ¿Quién los ha introducido y en base a qué reclamación? ¿Por qué el TAD no ha tenido en cuenta estas pruebas y no ha excluido a estas personas?
Y la pregunta del millón es… ¿Con todo esto no se pone en cuestión la validez de todo el censo? ¡Para nosotros, SÍ!
Ahora Vóley seguirá haciendo públicas las diferentes pruebas que se han presentado ante el TAD, además de estudiar otras acciones legales.
ALGUNAS DE LAS PRUEBAS APORTADAS